[WSIS CS-Plenary] Boletin WSISPapers No.4 - Patentes y derechos de autor aplicados al software

WSIS Papers accuosto at chasque.net
Wed Jan 19 22:40:01 GMT 2005


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     Boletín de WSIS Papers - Enero 2005 No.4
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En este número: SOFTWARE: PATENTES Y DERECHOS DE AUTOR

Contenido:

- Patentes de software y derecho de autor: Recursos de información
- El debate en Europa
- Organizaciones sin fines de lucro involucradas
- Alternativas a los sistemas tradicionales de derecho de autor
- Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
- Organización Mundial de Comercio (OMC)
- Oficinas de patentes

Disponible en línea en:

                         http://wsispapers.choike.org/

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Las leyes de copyright protegen la expresión del contenido, a diferencia del
contenido en sí mismo. Los trabajos bajo protección pueden expresar ideas,
conocimiento o métodos que pueden ser libremente utilizados; lo que las
leyes de copyright prohiben es la reproducción total o parcial de esos
trabajos -ya sea modificados o no- sin consentimiento. Con el modelo de
copyright coexiste el sistema de patentes, que otorga derechos de monopolio
sobre una invención (por un período aproximado de 20 años, dependiendo del
país). Los dueños de la patente deciden quién puede usar sus invenciones y
fijan un precio por ello.

Los defensores del sistema de patentes argumentan que éstas promueven la
innovación poniendo las invenciones a disposición del  público. Sin embargo,
cada vez más se esuchan voces en contra de este sistema ya que únicamente
las grandes corporaciones son capaces de pagar los costos que implica el
mantenimiento de las patentes (incluyendo los costos legales de los
procedimientos judiciales para impedir su violación). Más aún,
históricamente, las patentes han sido utilizadas para impedir el desarrollo
de lo que puede aparecer como un potencial competidor de tecnologías ya
desarrolladas y que son propiedad de compañías que dominan un sector
determinado.

El debate sobre la patentabilidad del software y su impacto en la innovación
tecnológica no es nuevo. En 1994, la Ronda Uruguay del GATT culminó con la
inclusión de un acuerdo sobre aspectos relativos al comercio de los derechos
de propiedad intelectual (TRIPS, por su sigla en inglés). Los países más
industrializados (en particular los Estados Unidos y Japón) jugaron un rol
fundamental en la adopción de este acuerdo, que es obligatorio para todos
los miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) (de los cuales
73% son países en vías de desarrollo). Particularmente, el artículo 271.1
del acuerdo de TRIPS es visualizado como un mecanismo legal para justificar
la patentabilidad de una serie de innovaciones, incluidos los programas de
computadoras.

A pesar de que muchos observadores piden una extensa revisión de este
acuerdo ésto no ha sido obstáculo para que grandes corporaciones de software
se unan a grupos de abogados especialzados en propiedad intelectual y
ejerzan presión sobre los gobiernos para que éstos legislen a favor de la
regulación del software en foros internacionales, tales como la OMC, o para
impulsar medidas en esa dirección a través de las oficinas de patentes.
Estas oficinas, por otro lado, no son financiadas con dinero público, sino
que gran parte de sus ingresos provienen de los costos de mantenimiento de
las patentes, un gran porcentaje del cual proviene de las grandes
corporaciones.

Además de lo antedicho, el proceso de otorgación de patentes al software ha
sido muy poco transparente. En Europa, por ejemplo, a pesar de que el
sistema de patentes se encuentra regulado por la Convención de Patentes de
Munich, que estableció la Oficina Europea de Patentes y prohíbe expresamente
las patentes de software, ésta misma oficina ha otorgado miles de patentes
relacionadas a programas de computadoras, poniendo en juego consideraciones
tales cómo qué innovaciones se consideran aplicables industrialmente,
definiciones que pueden variar de país en país y que pueden depender de
consideraciones lingüísticas y terminológicas complejas.

En el 2002, la Comisión Europea presentó una propuesta para una Directiva
"sobre la patentabilidad de invenciones implementadas para computadoras" que
legalizaría las patentes de software en Europa. Organizaciones de la
sociedad civil aunaron fuerzas para manifestar su oposición a esta
iniciativa, que hubiera implementado en Europa un sistema similar al vigente
en Estados Unidos y Japón. El 24 de setiembre del 2003 el Parlamento Europeo
votó la incorporación de un conjunto de enmiendas a la Directiva reafirmando
la no-patentabilidad de los métodos de programación y comercio y
salvaguardando  la libertad de publicación e interoperación. De cualquier
forma, el debate sobre patentes de software en Europa está lejos de
concluir.

Si miramos cómo los países del sur son afectados por la expansión de los
"Derechos de Propiedad Intelectual" (DPI) promovidos por los países
industrializados a través de la Organización Mundial de Propiedad
Intelectual (OMPI) vemos que, lejos de alentar la inversión directa y
estimular la transferencia de tecnología, se crea una verdadera ilusión en
ese sentido, a través del movimiento de fondos y tecnología desde y hacia
compañías madre de corporaciones internacionales y sus subsidiarias
extranjeras. Las compañías  más pequeñas, por su parte, son forzadas a
destinar partes significativas de sus presupuestos al pago de licencias,
limitando así las iniciativas de desarrollo local. Es más, cuando se
argumenta a favor de la extensión de DPIs a la información científica y
educativa, lo que está ahora en el tapete, el futuro de los países menos
industrializados se vuelve aún más oscuro, ya que arriesgan quedar atrapados
en su rol de consumidores de tecnologías producidas en el Norte.

En agosto del 2004 países del Sur liderados por Brasil y Argentina
presentaron una propuesta para una Agenda de Desarrollo en la OMPI. Algunas
de estas propuestas contemplaban especialmente las preocupaciones de los
países en vías de desarrollo, mientras que otras apuntaban a re-direccionar
la OMPI de forma de dar más peso a los intereses públicos generales y de los
consumidores, incluyendo patentes y copyrights. En octubre del 2004 la
Asamblea General de la OMPI tomó la decisión de crear una rápida evaluación
de la Agenda de Desarrollo, lo que abre una oportunidad para promover
cambios en las políticas de la organización. Anteriormente a la decisión de
la Asamblea General, cientos de científicos, académicos, organizaciones sin
fines de lucro e individuos firmaron la "Declaración de Ginebra sobre el
Futuro de la OMPI" que llama a la organización a focalizar más las
necesidades de los países en vías de desarrollo y a considerar la propiedad
intelectual como uno de muchos instrumentos para el desarrollo y no como un
fin en sí mismo.

Las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) tienen un rol
cada vez más protagónico como formas de compartir conocimiento e información
y muchos consideran que la limitación al acceso a estas tecnologías es una
violación de derechos fundamentales. El futuro del flujo de información y
comunicación en el Sur depende, en gran medida, de que se encuentren
soluciones adecuadas a estas problemáticas, que deberían estar en el centro
de los debates sobre gobernanza global de TICs en la Cumbre Mundial sobre
la Sociedad de la Información (CMSI)

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 Patentes de software y derecho de autor: Recursos de información
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*  Listado de artículos sobre aspectos legales de las patentes de software
Sitio de IurisLex (Servidor de la Comunidad Jurídica en Internet)
-->
http://www.iurislex.net/search.php?query=patentes&topic=4&category=0&author=&days=0&type=stories

*  Diez razones para oponerse a las patentes de software
Fuente: El Mundo
Javier Candeira
Artículo de opinión donde se explican los motivos por los que se considera
perjudicial la legislación que habilita la patentabilidad del software.
--> http://www.el-mundo.es/navegante/2000/10/19/razones2.html

*  El software como bien público y no como emprendimiento comercial
Fuente: APC
Este artículo analiza cómo "en la práctica el copyright suele utilizarse
para proteger o fortalecer un modelo mercantil en particular que separa al
creador de contenidos de su público y que impone el poder de un
intermediario"
--> http://www.apc.org/espanol/rights/ip/index.shtml

*  ¿Por qué las patentes de software son un problema?
El autor sostiene que el impacto de las patentes de software sobre el
desarrollo de software y sobre la mejora de las tecnologías del software es
claramente negativo y que no hay ningún estudio en su conocimiento que
muestre un impacto positivo de las patentes sobre el desarrollo tecnológico
en el caso específico de las tecnologías de software.
--> http://proinnova.hispalinux.es/nopatentes-motivos.html

*  Patentes, marcas o derechos de autor
El autor sostiene que la protección de las marcas constituye el mecanismo
idóneo para organizar el sector del software especialmente desde la
perspectiva del software libre.
--> http://gsyc.escet.urjc.es/~grex/sobre-libre/patentes.html

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 El debate en Europa
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*  Proinnova
Proinnova es un grupo de interés de las asociaciones españolas Hispalinux y
de ATI (Asociación de Técnicos en Informática), a favor de la libertad de
innovación. Actualmente mantiene (entre otras) una campaña a favor de una
Europa libre de patentes de programación. El sitio cuenta con información
actualizada sobre el desarrollo del debate en Europa.
--> http://proinnova.hispalinux.es/

*  Patentabilidad de invenciones implementadas en computadoras
Fuente: Unión Europea
Sitio oficial de la Unión Europea con información oficial sobre el tema.
Incluye la propuesta original de directiva sobre las patentes de software en
Europa, asi como información sobre sus modificaciones. Parte del material
está disponible sólo en inglés, francés o alemán.
--> http://www.europa.eu.int/comm/internal_market/en/indprop/comp/index.htm

*  Dossier sobre Patentes de Software en Europa
Sitio de la Alianza EuroLinux que incluye información legal sobre las
patentes de software en Europa, así como un relevamiento de patentes
otorgadas por parte de la Oficina Europea de Patentes en casos discutibles.
--> http://www.noepatents.org/reference/index.html?LANG=es

*  Documentos de la "European Free Alliance" en el Parlamento Europeo sobre
la patentabilidad del software
Fuente: The Greens - European Free Alliance
Links a campañas, conferencias y varios recursos de información, en inglés y
francés.
--> http://www.greens-efa.org/en/issues/?id=14

*  Salvando a Europa de las patentes de software
Fuente: Free Software Foundation
Artículo de Richard Stallman sobre el proyecto de directiva europea para
legalizar las patentes de software.
--> http://www.gnu.org/philosophy/savingeurope.es.html

*  Un patente sinsentido
Fuente: Hiperactivo!
Artículo de opinión en contra de las patentes de software en Europa.
--> http://www.baquia.com/com/20001219/art00001.html

*  Petición por una Europa Libre de Patentes de Software
Campaña organizada por la Alianza EuroLinux, compañías y organizaciones
europeas para hacer llegar a su preocupación a las autoridades del
Parlamento Europeo. Tuvo un impacto decisivo en el debate sobre la propuesta
de directiva europea para legalizar las patentes de software.
--> http://www.noepatents.org/index_html?LANG=es

*  Alianza EuroLinux
La Alianza EuroLinux por una Infraestructura de Información Libre es una
coalición abierta de empresas y asociaciones sin ánimo de lucro que se han
unido para promocionar y proteger la cultura del software libre. Los
miembros o patrocinadores corporativos de EuroLinux desarrollan o venden
software bajo licencias libres, semi-libres y propietarias para sistemas
operativos como GNU/Linux, MacOS v MS Windows.
--> http://www.eurolinux.org/index.es.html

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 Organizaciones sin fines de lucro involucradas
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*  Fundación para el Software Libre (FSF)
El Proyecto GNU comenzó en 1984 con el propósito de desarrollar un sistema
operativo completo tipo Unix el cual es software libre. Variantes del
sistema operativo GNU, que utilizan el núcleo Linux, son bastante utilizadas
hoy día. La FSF es el principal patrocinador organizativo del Proyecto GNU.
--> http://www.fsf.org/home.es.html

*  Asociación para el Progreso de las Comunicaciones (APC) - Derechos en
Internet
Fuente: APC
Información sobre todos los aspectos de los Derechos en Internet en la
región, con apartados especiales sobre "Propiedad Intelectual".
--> http://www.apc.org/espanol/rights/lac/index.shtml

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 Alternativas a los sistemas tradicionales de derecho de autor
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*  ¿Qué es copyleft?
Copyleft es un nuevo término acuñado por GNU. Nace de un juego de palabras
en inglés: en oposición a "copyright" (derecho de copia) se usa "copyleft"
(copia dejada o abandonada o copideje), indicando que no se restringe la
copia, sino por el contrario se permite sin reservas.
--> http://www.gnu.org/copyleft/copyleft.es.html

*  La justificación económica del copyleft
José Cervera
Artículo que analiza el concepto de "copyleft". Para el autor, éste es un
mecanismo para aumentar el valor de la información permitiendo hacer copias
de la misma; animando, incluso, a hacerlo. La única condición es mantener el
reconocimiento de autoría; la marca que permite al autor recibir por vía
indirecta la recompensa por su trabajo, es decir, la atención que merece.
--> http://www.jamillan.com/celcer.htm

*  Omnia sunt communia
Fuente: Wu Ming Foundation
Indice de artículos de Wu Ming sobre copyright, propiedad intelectual y
"piratería". Desarrolla los conceptos de software libre y "copyleft", entre
otros.
-->
http://www.wumingfoundation.com/italiano/outtakes/tematico_copyright.html

*  Creative Commons (CC)
CC ofrece un rango flexible de formas de proteger y liberar las obras de
autores y artistas. Basado en el concepto de "todos los derechos reservados"
del copyright tradicional, CC ha creado un esquema en el que "algunos
derechos son reservados".
--> http://creativecommons.org/worldwide

*  Algunos derechos reservados: Creative Commons y propiedad intelectual
Florencio Cabello Fernández-Delgado
Artículo que explica el origen del concepto y su relación con los mecanismos
tradicionales de protección de los derechos de autor y la propiedad
intelectual.
--> http://www.babab.com/no25/creative_commons.php

*  Creative Commons y la profundidad del copyright
Fuente: Revista Enredando
Ariel Hernán Vercelli
El autor analiza cómo CC sería un modo de incentivar la creatividad, el arte
y la ciencia, dando una correcta regulación a los trabajos de artistas,
inventores y demás creativos e intentando promover un rápido aumento del
dominio público.
--> http://enredando.com/cas/enredantes/enredantes178.html

*  Licencia BSD
La licencia BSD fue creada inicialmente en 1979 para la distribución del
sistema BSD, la primera versión libre y de fuente abierta de Unix. Fue
creada por la Universidad de California en Berkeley.
--> http://www.eldemonio.org/documentos/lectura/bsd/bsdl.html

*  Licencia General GNU (GPL)
Copyleft es un concepto general y existen muchas formas de ponerlo en
práctica. Los términos de distribución del proyecto GNU están especificados
en la GPL. Esta pretende garantizar la libertad del desarrollador para
compartir y modificar software libre. La GPL se aplica a la mayor parte del
software desarrollado por la Free Software Foundation.
--> http://www.gnu.org/copyleft/gpl.es.html

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 Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
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*  Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
Sitio oficial. Con sede en Ginebra, la OMPI es uno de los 16 organismos
especializados del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas. Tiene a
su cargo la administración de 23 tratados internacionales que abordan
diversos aspectos de la de la propiedad intelectual.
--> http://www.wipo.int/index.html.es

*  Argumentos económicos a favor y en contra de Derechos de Propiedad
Intelectual (DPI) en los Países en Desarrollo
Fuente: Pangea
Presenta una tabla que resume los argumentos que se esgrimen a favor de la
adopción de medidas de protección de los derechos de propiedad intelectual
(DPI). Para cada argumento, se da una respuesta contraria, que señala cómo
los DPI pueden, en realidad, transformarse en un elemento que afecte de
forma fuertemente negativa a los países en desarrollo.
--> http://www.pangea.org/edualter/material/transgenicos/cuadro.htm

*  Confinamientos de la Razón, monopolios intelectuales
Fuente: Rural Advancement Foundation Internacional
Una revisión de las diferentes interpretaciones de las implicancias de la
propiedad intelectual dentro del debate internacional. Formato PDF.
-->
http://www.biodiversidadla.org/filemanager/download/173/Confinamientos.pdf

*  La propiedad intelectual y el comercio-e
Fuente: OMPI
Este sitio de la OMPI presenta la visión de la organización respecto a las
patentes y derechos de autor vinculados a transaccciones electrónicas.
Incluye una sección dedicada a "patentes sobre métodos comerciales y
programas informáticos".
--> http://www.wipo.int/sme/es/e_commerce/

*  "Tratados Internet"
Fuente: OMPI
En esta página, entre otros, se pueden acceder los tratados generales de la
OMPI que regulan el software y la circulación de información en redes
digitales, tales como el "Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor" (WCT) y
el "Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas"
(WPPT). Estos tratados con frecuencia reciben el nombre de "Tratados
Internet".
--> http://www.wipo.int/treaties/es/

*  Sobre derecho de autor y derechos conexos
Fuente: OMPI
Esta página de la OMPI ofrece un pantallazo sobre la visión de la
organización sobre la "protección" de los autores de programas informáticos.
En ella se puede leer: "En las décadas de 1970 y 1980 se llevaron a cabo
amplios debates para saber si los programas informáticos debían protegerse
mediante el sistema de patentes, el sistema de derecho de autor o un sistema
sui generis. Como resultado de estos debates, se llegó a un principio
generalmente aceptado, según el cual, los programas informáticos deberían
estar protegidos por el derecho de autor, mientras que los aparatos que
usaran programas informáticos o inventos relacionados con este tipo de
programas deberían estar protegidos por patente".
--> http://www.wipo.org/copyright/es/faq/faqs.htm

*  Una agenda de la OMPI para el desarrollo
Fuente: Choike
Países del Sur, liderados por Brasil y Argentina, lanzaron la iniciativa de
establecer una agenda de desarrollo para la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual (OMPI). La propuesta formal fue presentada y recogida
positivamente en la 31 Sesión de la Asamblea General de la OMPI el 4 de
octubre de 2004.
--> http://www.choike.org/nuevo/informes/2200.html

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 Organización Mundial de Comercio (OMC)
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*  Organización Mundial de Comercio (OMC)
Fuente: Choike
Cumpliendo con los acuerdos finales de la Ronda Uruguay del GATT (Acuerdo
General sobre Tarifas y Comercio), el 1° de enero de 1995 entró en funciones
la Organización Mundial de Comercio (OMC). Este informe especial de Choike
brinda información actualizada sobre la organización.
--> http://www.choike.org/nuevo/informes/384.html

*  El Acuerdo TRIPs y el Comercio Internacional: efectos sobre América
Latina y el Caribe
Fuente: Sistema Económico Latinoamericano (SELA)
Estudio realizado atendiendo las recomendaciones emanadas del "Seminario
sobre Interpretación y Aplicación del Acuerdo TRIPs en América Latina y el
Caribe" en el marco de los trabajos del Foro Regional sobre Políticas de
Propiedad Intelectual de América Latina y el Caribe que funciona en el
ámbito del SELA.
--> http://lanic.utexas.edu/~sela/AA2K/ES/docs/tripdt2.htm

*  Aplicación de los TRIPs en los países en desarrollo
Fuente: Tercer Mundo Económico
Carlos Correa
En este artículo el autor sostiene que los países en desarrollo deberían
ejercer plenamente su poder negociador en la OMC para neutralizar cualquier
intento de reforzar aún más el nivel actual de protección que brinda el
Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual
relacionados con el Comercio (TRIPs).
--> http://www.tercermundoeconomico.org.uy/TME-112/analisis02.htm

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 Oficinas de patentes
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*  Oficina Europea de Patentes
Sitio oficial en inglés, francés y alemán.
--> http://www.european-patent-office.org/

*  Oficina de Patentes de Estados Unidos
Sitio oficial en inglés.
--> http://www.uspto.gov/

*  Base de datos de la Oficina Española de Patentes
Contiene los datos bibliográficos de las patentes publicadas en los dos
últimos años en cualquier estado miembro de la Organización Europea de
Patentes, así como las de la Oficina Europea de Patentes y los de la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.
--> http://es.espacenet.com/

*  Oficina Japonesa de Patentes
En el Japón, los programas informáticos y los métodos comerciales son
patentables "siempre y cuando se los considere técnicos, y no ideas
puramente abstractas". En inglés.
--> http://www.jpo.go.jp/

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 Especiales de Choike relacionados
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* Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI)
--> http://www.choike.org/nuevo/informes/647.html

* Organización Mundial del Comercio
--> http://www.choike.org/nuevo/informes/384.html

* GATS - Acuerdo sobre Comercio de Servicios
--> http://www.choike.org/nuevo/informes/1094.html

* Patentes y medicamentos
--> http://www.choike.org/nuevo/informes/3.html

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- "WSIS Papers" y "Choike" son proyectos del
  Instituto del Tercer Mundo (ITeM)

- "WSIS Papers" es apoyado por el Centro Internacional
  de Investigaciones para el Desarrollo (IDRC) - PanAmericas

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